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Gobierno de Costa Rica Protesta por abusos en el Río San Juan

Jueves 10 de Mayo del 2001

Antonio Briceño para Tiquicia.COM

antonio@tiquicia.com

 

     El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto emitió el día miércoles 9 de mayo una enérgica nota de protesta contra el restablecimiento, por parte del Gobierno de Nicaragua, del cobro de un derecho de zarpe para embarcaciones costarricenses que tengan la intención de navegar por el curso inferior del Río San Juan.

Conflicto sin terminar

     Al inicio de la Administración Rodríguez Echeverría, el gobierno de Nicaragua, presidido por el señor Arnoldo Alemán Lacayo, promovió una serie de medidas restrictivas para el derecho de libre navegación perpetua que tiene Costa Rica sobre el río San Juan. El primer paso fue prohibir que los policías costarricenses portaran su arma de reglamento cuando llevaban a cabo tareas de abastecimiento en sus puestos sobre la margen costarricense del río, lo cual provocó gran malestar entre la ciudadanía. El secretario General de la OEA, César Gaviria, intentó hacer las veces de mediador para que ambos estados pudieran alcanzar una solución conjunta, sin embargo no tuvo mucho éxito, por lo que la situación permanece sin resolverse, y Nicaragua ha mantenido, a lo largo de este proceso, la posición de que está legitimada para regular la navegación que realicen los costarricenses sobre el río.

     En días recientes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto comprobó que el gobierno nicaragüense ha exigido a las embarcaciones costarricenses el pago de un derecho de zarpe de $25 U.S. y $5 U.S., por pasajero, para poder navegar por el curso inferior del río San Juan, a pesar de que el Tratado de Límites Cañas-Jerez establece la libre navegación para fines de comercio y prohíbe la imposición de tales cuotas sin previo acuerdo entre los estados; resultando, según declaró la Cancillería, en la comisión de una violación flagrante a los derechos costarricenses sobre el San Juan. También resulta violatorio, acorde con la nota de protesta, el establecer un horario para la navegación que opera de las 6 a.m. a las 5:30 p.m.

La Protesta

     La nota de protesta fue entregada por el Canciller Roberto Rojas al Embajador de Nicaragua en Costa Rica, señor Mauricio Díaz, a las 4:30 de esta tarde y en ella se detalla con expresa claridad que Costa Rica ha constatado los cobros ilegales realizados a quienes navegan en el curso inferior del Río San Juan, partiendo de Puerto Viejo de Sarapiquí con destino a Barra del Colorado, ambos sitios dentro del territorio costarricense, y que, además, las autoridades nicaragüenses obligan a bajar la bandera costarricense de sus embarcaciones cuando navegan por esa vía fluvial, en evidente violación de lo que al efecto establecen los tratados internacionales vigentes.

     El Gobierno de Costa Rica, también señala en la nota de protesta que "ante la dificultad evidente de resolver estas diferencias por la vía bilateral, invita nuevamente al Gobierno de Nicaragua a recurrir conjuntamente a los otros mecanismos que ofrece el Derecho Internacional para resolver este tipo de dificultades, tales como la mediación o el arbitraje y espera que entre tanto se llega a esa solución, cese en su política de establecer de modo súbito e inconsulto nuevas restricciones a los derechos que Costa Rica tiene en el curso inferior del San Juan".

Aspectos Jurídicos

     El Tratado de Límites Cañas-Jerez fue firmado entre Costa Rica y Nicaragua en 1856 para definir, con exactitud, los límites territoriales por los que se debían regir ambas repúblicas. Dicho tratado establece en su artículo VI que "La República de Nicaragua tendrá exclusivamente el dominio y sumo imperio sobre las aguas del Río San Juan, desde su salida del lago hasta su desembocadura en el Atlántico; pero la República de Costa Rica tendrá en dichas aguas los derechos perpetuos de libre navegación, desde la expresada desembocadura hasta tres millas inglesas antes de llegar al castillo Viejo, con objetos de comercio, ya sea con Nicaragua o al interior de Costa Rica por los Ríos de San Carlos o Sarapiquí o cualquiera otra vía procedente de la parte que en la ribera del San Juan se establece corresponder a esta República". El mismo artículo aclara que únicamente se podrá cobrar impuestos de entrada o de navegación cuando así lo hayan acordado ambos gobiernos.

     En 1888 el Laudo Cleveland, emitido por el presidente de los Estados Unidos de América, Grover Cleveland, reafirmó los derechos otorgados por el Tratado Cañas-Jerez a Costa Rica y además interpretó, en forma vinculante, que las embarcaciones costarricenses que tuvieran fines comerciales o fiscales podrían navegar las aguas del San Juan libremente. También la sentencia de la Corte de Justicia Centroamericana de 1916 estableció que los derechos de libre navegación de Costa Rica se confundían, en su desarrollo, con las facultades soberanas del imperium.

Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Oficina de Comunicación Institucional

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