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LISTO NUEVO CÓDIGO PENAL

Elaborado por María Clemencia Monge Rojas

Viernes 7 de Junio del 2002

     La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos recibió esta tarde al Presidente de la Sala Tercera y miembro de la comisión redactora del nuevo Código Penal, Daniel González; quien asistió nuevamente a esta Comisión para referirse a algunas reformas incorporadas en este instrumento jurídico.

     Según indicó González, se castiga con mayor severidad los casos relacionados con la corrupción de funcionarios públicos y los delitos económicos y financieros. Asimismo, se introducen delitos que actualmente no se contemplan como la manipulación genética, comercio de órganos, fecundación in vitro, terrorismo, soborno internacional, delitos contra la humanidad, delitos contra el medio ambiente y tráfico de influencias.

     Por otra parte, se mantiene el delito de aborto y se simplifica el sistema de penas alternativas (aquellas distintas a la prisión). Sobre este tipo de penas, González señaló que son el aspecto medular de este nuevo Código Penal, ya que aunque se han venido aplicando con el Código actual, no se han aplicado de la manera adecuada.

     Actualmente, las personas que gozan de estos beneficios se les conoce como “personas desinstitucionalizadas”. “Creo que Costa Rica está preparada para poner en práctica este tipo de penas alternativas, lo que queremos es que éstas sean llevadas a la vía jurisdiccional”, afirmó González.

     González dijo que uno de los temas más polémicos de este texto ha sido el de la manipulación genética y fecundación in vitro. Señaló además, que fue introducido un nuevo cambio para no castigar la inseminación artificial.

     El proyecto ya había sido modificado para castigar con prisión de dos a cinco años a quien fecunde artificialmente óvulos humanos, incluso con fines procreativos.

     El magistrado explicó que, de mantenerse esa redacción, se castigaría la inseminación artificial que sí

está permitida por el Código de Familia. La inseminación artificial, de acuerdo con González, es la colocación de semen dentro del aparato reproductivo de la mujer para facilitar la concepción. Según indicó, eso es distinto a la realización de la fecundación in vitro, que se realiza en un laboratorio fuera del cuerpo de la mujer.

     Este procedimiento fue declarado contrario a la Constitución Política por la Sala Cuarta, en una resolución del 15 de marzo del 2000. En esa oportunidad el razonamiento que se dio era que el procedimiento no garantiza la vida de todos los óvulos que se fecundan en laboratorio.

     Para esto se agregó al artículo una frase que señala que no se castigarán aquellos procedimientos "permitidos por la ley", sin embargo sí se mantiene la pena para los casos de fecundación in vitro, que oscila entre dos y cinco años de cárcel.

     Mañana estarán en audiencia los doctores Gerardo Escalante, Delia Rivas y Ricardo Slon, especialistas en fecundación in vitro, a partir de las 2 p.m.

DELITOS DE PRENSA

     En cuanto a los delitos de prensa, el funcionario judicial recomendó que la Comisión Especial de Libertad de Prensa trabaje en coordinación con esta Comisión ya que desde su perspectiva este tipo de delitos deben de incorporarse en el Código Penal. Éste actualmente regula a los medios de comunicación electrónica (radio y televisión) pero no la escrita, la cual es regulada por la Ley de Imprenta. Sin embargo, González adelantó que la reproducción de información no sería sancionada siempre y cuando sea respaldada por la fuente de la cual se tomó.

     Los legisladores aprovecharon la visita del magistrado para realizar algunas consultas sobre esta reforma integral al Código Penal y se espera que sea enviado al Congreso para su discusión la próxima semana.


                                                                  
  
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